Declaración administrativa ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI)


Es un medio de defensa, que permite iniciar acciones para sancionar a un presunto infractor a tu derecho exclusivo contenido en una patente o registro de modelo de utilidad, diseño industrial, esquema de trazado de circuitos integrados, marca, aviso comercial, nombre comercial, denominación de origen o acciones de competencia desleal asociadas con dichas figuras.

Entendiendo por competencia desleal, “todo acto de competencia contrario a los usos honestos en materia industrial o comercial”. (Artículo 10 bis.2 del Convenio de París).

Deberán prohibirse:

  1. “Cualquier acto capaz de crear una confusión, por cualquier medio que sea, respecto del establecimiento, los productos o la actividad industrial o comercial de un competidor;
  2. Las aseveraciones falsas, en el ejercicio del comercio, capaces de desacreditar el establecimiento, los productos o la actividad industrial o comercial de un competidor;
  3. Las indicaciones o aseveraciones cuyo empleo, en el ejercicio del comercio, pudieren inducir al público a error sobre la naturaleza, el modo de fabricación, las características, la aptitud en el empleo o la cantidad de los productos”. (Artículo 10 bis.3 del Convenio de París)

SERVICIOS

  • Presentación de Declaración Administrativa de Nulidad
  • Presentación de Declaración Administrativa de Caducidad
  • Presentación de Declaración Administrativa de infracción de Propiedad Industrial
  • Presentación de Declaración Administrativa de infracción de en materia de Comercio
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